Bono Social de Luz.

  • El bono social de luz es una ayuda que ofrece el Gobierno para que las personas con menos recursos económicos puedan pagar sus recibos de la luz.
  • Para beneficiarse del bono social es imprescindible reunir una serie de requisitos en cuanto al nivel de renta y a la situación familiar, y la solicitud debe gestionarse directamente con una Comercializadora de Referencia.

El bono social de luz está destinado a las personas con una situación económica complicada para poder pagar sus facturas de la luz con más comodidad. Esta ayuda la ofrece el Gobierno para que las familias puedan beneficiarse de un descuento en los recibos de luz.

Las personas que pueden pedir el bono social son los consumidores vulnerables. La normativa del bono social de octubre de 2017, el Real Decreto 897/2017 de 7 de octubre, indica que esta consideración se otorga a quienes cumplen unos requisitos determinados en cuanto a su situación familiar y su nivel de renta anual.

Esta nueva normativa mantiene los requisitos básicos del bono social, que son:

  • Ser el titular del contrato de luz.
  • Tener contratada la tarifa PVPC, el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor.
  • Contar con una potencia contratada inferior a 10 kW.
  • Pedir el bono social para la vivienda habitual de la familia.

La principal diferencia que contempla el nuevo bono social es que las condiciones generales aceptadas anteriormente (como estar en desempleo, ser pensionista de cualquier tipo o tener el bono social por una potencia contratada muy baja) quedan obsoletas.

Los requisitos para tener el bono social eléctrico se centran en el tipo de familia y en su nivel de renta anual. Según estas condiciones, cada unidad familiar (que es como se designa al conjunto de personas que depende de un mismo salario) podrá ser considerada como consumidor vulnerableconsumidor vulnerable severo o consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social.

Las unidades familiares pueden estar compuestas por una única persona, parejas sin hijos o personas con menores a cargo. Además, se incluyen condiciones especiales que permiten beneficiarse de un margen de renta admisible mayor: discapacidad igual o superior al 33%, víctimas del terrorismo y víctimas de violencia de género.

A su vez, hay personas que tienen asegurado su acceso a la ayuda, independientemente del nivel de renta:

  • Las familias numerosas, tanto de rango general como especial.
  • Los pensionistas por jubilación o incapacidad permanente que reciban la prestación mínima de su categoría.

Además, todos los consumidores pueden obtener información sobre su derecho al bono social a través de los servicios sociales de su localidad.

También pueden informarse en:

https://selectra.es/energia/info/bono-social

https://tarifasgasluz.com/comercializadoras

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